El obispo aprueba el decreto con las normas de las cofradías.
El documento, de 69 artículos, ha entrado en vigor tanto
para las hermandades sacramentales, penitenciales como las de gloria
El obispo de Salamanca, Carlos López, ha aprobado a través
de un decreto las normas de las cofradías de la Diócesis. Cabe recordar que, en
las orientaciones de la Asamblea Diocesana, que concluyó en 2016, se indicó la
necesidad de crear un marco normativo para las cofradías y hermandades que
“ayude y oriente en su renovación espiritual y acción pastoral y contribuya a
su inserción eclesial”.
Por ese motivo fueron elaboradas las normas de las cofradías
de la Diócesis de Salamanca, que han sido revisadas y enriquecidas con las
aportaciones de la Comisión para la Aplicación de la Asamblea, de las juntas
directivas de las cofradías, del consejo pastoral diocesano y del consejo
presbiteral. Con la aprobación del decreto, el pasado 28 de junio, han entrado
ya en vigor. El texto consta de una introducción, un preámbulo, 69 artículos en
11 capítulos y una disposición transitoria.
En este documento se reconoce “el inmenso potencial de
nuestras cofradías”. Y para orientar mejor su actuar cotidiano, dentro de la
Iglesia, “se les ofrece esta nueva regulación”. En estas normas se recuerda que
cada cofradía planteará un programa pastoral, “que atienda a la consecución de
los fines de evangelización y formación cristiana de sus miembros contenidos en
sus estatutos”, y, además, que esté en sintonía con las prioridades pastorales
diocesanas e integrado en el plan general de la parroquia o unidad pastoral.
Otro objetivo que remarcan es la renovación espiritual de los cofrades,
“animando en ellos la participación en la Eucaristía”.
El primer capítulo está dedicado a las nuevas cofradías, y
en los sucesivos se habla del registro de cofradías, la unión especial entre
algunas de ellas o la administración de los bienes. En relación a este punto,
se indica a las cofradías que confeccionen un inventario de todos los bienes
muebles e inmuebles (si los hubiere), de los títulos, derechos y otros bienes
posibles.
Respecto al patrimonio, toda actuación para la conservación
y restauración de bienes muebles que tengan valor histórico, artístico o
cultural requerirá un informe técnico previo al Servicio Diocesano para el
Patrimonio Artístico, y en su caso, de la Delegación de Patrimonio.
Obras de caridad
Asimismo, se indica que las cofradías destinarán para obras
de caridad un porcentaje de sus ingresos, que orientativamente se fije en el
10% del presupuesto anual, y además, “contribuirán a atender las necesidades de
la parroquia o iglesia en ocasión de los cultos realizados en ella”.
Otro de los capítulos del documento recoge la finalidad de
la Coordinadora Diocesana de Cofradías, que integra a todas las cofradías de la
Diócesis de Salamanca, y su finalidad es fomentar en todas la conciencia de
pertenencia a al Iglesia y a la Diócesis.
Entre sus competencias está la de representar a las
cofradías en determinadas estructuras diocesanas o comisiones, así como
articular la participación activa de las cofradías en las celebraciones y
actividades diocesanas; organizar actividades formativas o convocar y
desarrollar anualmente la formación obligatoria para los directivos de las
cofradías. Esta Coordinadora quedará integrada en la Delegación de Apostolado
Laical y su pleno está integrado por el consiliario, el equipo apostólico y dos
miembros de cada cofradía.
Otro aspecto que recogen en estas normas son las procesiones
extraordinarias, que para los aniversarios de la cofradía será en múltiplos de
25 años y para las imágenes titulares, de cincuenta.
Puedes acceder al decreto de las normas en este enlace
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