A partir de ahora, las cofradías tendrán que pedirle a todos
sus hermanos que le firmen una autorización para el manejo y cesión de sus
datos, como por ejemplo para un censo a un candidato a unas elecciones, al
Arzobispado, a la compañía de seguros si son costaleros o, simplemente, para
ponerlo en el boletín».
La nueva ley de Protección de Datos que entra este mes de
mayo en vigor, afectará también a las cofradías. Tendrán que cambiar su modelo
de gestión para evitar cometer cuantiosas infracciones que pueden acarrear
diferentes sanciones en caso de que algún miembro les denunciara ante la AEPD.
Con las novedades legislativas, se obligará a las
corporaciones a que para usar los datos
de los miembros, debe existir el consentimiento expreso de éstos, por escrito.
La nueva normativa entró en vigor en 2016 pero el reglamento europeo de
protección de datos será plenamente aplicable a partir del 25 de mayo de 2018.
Menores de edad
Una vez que entre en vigor esta nueva ley, los menores de
edad con 13 años cumplidos podrán ejercitar el derecho a la protección de
datos. Esto quiere decir que cualquier niño con esa edad pueda hacerse hermano
de una cofradía sin el consentimiento paterno y que, sus padres o tutores, no
podrán inscribirlo en ninguna hermandad sin su permiso. García Pesquera
(profesor de la Universidad CEU de Sevilla) señala que esta nueva ley tiene su
raíz en el uso de las redes sociales por parte de los menores y que, según la
legislación vigente actual, los menores pueden ejercitar estos derechos con 14
años
«Las hermandades deben trabajar ya en esto porque el próximo
25 de mayo será plenamente aplicable», por lo que el periodo de reparto de
papeletas de sitio puede ser un buen momento para que los hermanos firmen los
consentimientos expresos. No obstante, a pesar de la importancia del asunto,
este profesor aclara que «se trata de un derecho fundamental,
personalísimo, sólo esa persona puede
ejercitar ese derecho. Es decir, la hermandad sólo se metería en un lío si la
denuncia viene de alguien de dentro, no de fuera». García Pesquera concluye
afirmando que «lo importante es que empecemos a poner los medios, lo que se
conoce como el ‘compliance‘». [Entendemos COMPLIANCE como el cumplimiento
normativo por parte de las empresas u organizaciones].
Delegado de protección de datos
Otra de las novedades de la nueva ley será la creación de
una nueva figura: el delegado de protección de datos, quien se encargará de
gestionar la privacidad. Será una figura obligatoria en función del volumen de
facturación o en el manejo de datos sensibles, como pueden ser los religiosos.
[Los datos RELIGIOSOS se consideran de NIVEL DE SEGURIDAD ALTO, igual que los
datos de SALUD o de AFILIACIÓN
SINDICAL].
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